Las funciones que tiene el Consejo Escolar son:
- Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo del centro, aprobarlo y evaluarlo una vez elaborado.
- Elegir al Director/a y designar al equipo directivo por él propuesto.
- Proponer la revocación del nombramiento del Director, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios.
- Decidir sobre la admisión de alumnos/as, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
- Aprobar el Reglamento de régimen interior.
- Resolver los conflictos e imponer las sanciones en materia de disciplina de alumnnos/as, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los mismos.
- Aprobar el proyecto del presupuesto del centro.
- Aprobar y evaluar la programación general del centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro.
- Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, y en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
- Establecer las relaciones de colaboración con otros centros, con fines culturales y educativos.
- Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservación.
- Informar de la memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
- Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través del resultado de las evaluaciones.
- Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
- Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
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